El acceso a una vivienda digna se ha convertido en una de las principales preocupaciones sociales. El encarecimiento de los alquileres, la escasez de oferta y las dificultades para acceder a una vivienda afectan a una parte importante de la población. Sin embargo, para las personas con discapacidad existe otra barrera que agrava este problema: encontrar una vivienda que, además de ser asequible, permita vivir con autonomía, seguridad y dignidad.
Desde ASPAYM Murcia queremos poner el foco en esta realidad, que no siempre ocupa el lugar que merece en el debate sobre la vivienda. Porque, para una persona con lesión medular o movilidad reducida, no basta con encontrar un piso disponible y poder pagarlo. También es necesario que pueda entrar en él, desplazarse por su interior y utilizar sus espacios de forma autónoma.
Casi el 70 % de las viviendas no reúne las condiciones de accesibilidad necesarias
La magnitud del problema queda reflejada en el Informe España 2024 de Derechos Humanos y Discapacidad, elaborado por el Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI) y publicado en 2025. Según recoge el documento, casi el 70 % de las viviendas en España no cumple las condiciones de accesibilidad necesarias para las personas con discapacidad y las personas mayores.

Este dato evidencia que la falta de accesibilidad continúa siendo un obstáculo importante para el ejercicio del derecho a una vivienda digna y adecuada.
La dificultad no se limita a la existencia de escaleras o a la ausencia de ascensor. También puede encontrarse en puertas demasiado estrechas, pasillos que dificultan el giro de una silla de ruedas, baños que no permiten realizar transferencias con seguridad, cocinas poco funcionales o mecanismos de apertura y control situados a una altura inadecuada.
A estas barreras dentro de la vivienda se suman las que pueden existir en el portal, el acceso al edificio, el garaje o los itinerarios hasta la calle.
El resultado es que una vivienda que, sobre el papel, parece adecuada puede no responder a las necesidades de quien la necesita. Esto reduce las opciones disponibles y puede obligar a las personas con discapacidad a aceptar ubicaciones alejadas de su entorno habitual, depender de apoyos adicionales o afrontar costosas obras de adaptación.
Una vivienda accesible es también una herramienta de autonomía
Disponer de una vivienda adaptada no es una cuestión de comodidad ni un elemento adicional que pueda incorporarse únicamente cuando exista presupuesto. Es una condición que puede resultar determinante para desarrollar una vida independiente.

Para las personas con lesión medular y otras discapacidades físicas, la accesibilidad del hogar influye directamente en actividades cotidianas como levantarse, asearse, cocinar, descansar o recibir visitas. Un entorno bien diseñado puede facilitar estas tareas y reducir la necesidad de ayuda de terceras personas.
Además, la vivienda condiciona otras dimensiones de la vida: la posibilidad de estudiar, trabajar, mantener relaciones sociales y participar en la comunidad.
Por eso, la vivienda accesible debe entenderse como parte de las políticas de autonomía personal, inclusión social e igualdad de oportunidades. No se trata únicamente de adaptar edificios, sino de garantizar que las personas con discapacidad puedan elegir dónde y cómo quieren vivir.
¿Qué establece la legislación sobre vivienda y accesibilidad?
El ordenamiento jurídico español reconoce la importancia de garantizar viviendas dignas y accesibles. La Constitución Española recoge el derecho a disfrutar de una vivienda digna y adecuada en su artículo 47, mientras que el artículo 49 establece el compromiso de los poderes públicos con la autonomía personal, la inclusión social y los entornos universalmente accesibles para las personas con discapacidad.
Por su parte, la Ley 12/2023, de 24 de mayo, por el derecho a la vivienda, dedica su artículo 13 al compromiso con la accesibilidad universal del parque residencial.

Este artículo contempla medidas para adaptar las viviendas a las necesidades de quienes las habitan, prestando especial atención a situaciones de discapacidad sobrevenida por edad, accidente o enfermedad. También establece que las viviendas de nueva construcción y aquellas sometidas a determinadas intervenciones que requieran proyecto deben cumplir la normativa de accesibilidad aplicable, al tiempo que promueve la adecuación efectiva de las viviendas preexistentes mediante programas de ayuda.
En el ámbito de los edificios residenciales, el Código Técnico de la Edificación establece requisitos de seguridad de utilización y accesibilidad. En la Región de Murcia, la Ley 4/2017, de 27 de junio, de accesibilidad universal, constituye también una referencia normativa para avanzar hacia entornos más accesibles.
No obstante, es importante distinguir entre la accesibilidad de los espacios comunes de un edificio y la adaptación funcional de cada vivienda. Que un inmueble disponga de ascensor o de un portal accesible no garantiza, por sí solo, que todas las viviendas de su interior sean adecuadas para las necesidades de una persona con movilidad reducida.
Por ello, resulta fundamental que la accesibilidad se contemple desde el diseño y la construcción, y no únicamente como una solución posterior cuando aparece una necesidad concreta.
Ayudas para adaptar las viviendas: un paso necesario
La rehabilitación del parque residencial existente es otro de los grandes retos. Muchas personas viven en edificios construidos antes de que se incorporaran las actuales exigencias de accesibilidad y necesitan obras para poder acceder a su hogar o utilizarlo de forma segura.
En este contexto, el Plan Estatal de Vivienda 2026-2030, regulado por el Real Decreto 326/2026, contempla ayudas para actuaciones destinadas a mejorar la accesibilidad de edificios y viviendas.

Entre las intervenciones que pueden recibir apoyo se encuentran la instalación de rampas, salvaescaleras y automatismos para abrir puertas, la incorporación de productos de apoyo, las adaptaciones en el interior de las viviendas y la instalación de soluciones domóticas que favorezcan la autonomía personal.
El plan prevé, para determinadas actuaciones de accesibilidad en viviendas, ayudas de hasta el 80% del coste de la intervención, con un límite de 15.000 euros por vivienda cuando reside una persona con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 33 %, y de 18.000 euros cuando el grado reconocido es igual o superior al 65 %. La concesión está sujeta a los requisitos y condiciones establecidos en la normativa, así como a la gestión correspondiente por parte de las administraciones competentes.
Estas medidas representan una herramienta importante para mejorar la accesibilidad de las viviendas existentes. Sin embargo, es necesario que las ayudas sean conocidas, accesibles en su tramitación y suficientes para responder a las necesidades reales de las personas y las comunidades de propietarios.
Más vivienda asequible, pero también accesible
La crisis de la vivienda exige respuestas que contemplen todas las barreras que dificultan el acceso a un hogar. Para las personas con discapacidad, encontrar una vivienda asequible puede ser solo el primer paso de una búsqueda mucho más complicada: comprobar si el edificio es accesible, si las dimensiones permiten desplazarse, si el baño puede utilizarse de forma autónoma o si será necesario asumir el coste de reformas adicionales.

Por ello, aumentar la oferta de vivienda pública, social y asequible debe ir acompañado de criterios de accesibilidad universal. También es necesario impulsar la adaptación de los edificios existentes, facilitar las ayudas económicas y contar con la participación de las propias personas con discapacidad en el diseño de las políticas de vivienda.
La accesibilidad debe contemplarse desde las primeras fases de planificación, tanto en las zonas comunes como en el interior de las viviendas, teniendo en cuenta las distintas necesidades de quienes van a habitarlas.
Una vivienda no es verdaderamente accesible si la persona que la necesita no puede permitírsela; y tampoco es una opción real si puede pagarla, pero no puede utilizarla de forma autónoma.
Porque disponer de un hogar accesible no debería depender de la suerte, de una oferta excepcional o de la capacidad económica para afrontar reformas. La vivienda digna debe ser también una vivienda asequible, accesible y adaptada a las necesidades de las personas.

