A partir de hoy, 1 de octubre, entra en vigor el Real Decreto 518/2026, de 24 de junio, que introduce importantes modificaciones en el Reglamento General de Circulación.
La reforma, presentada por la Dirección General de Tráfico (DGT) junto con la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP), incorpora nuevas medidas destinadas a mejorar la seguridad y la convivencia entre los diferentes usuarios de las vías.
Los cambios responden a la transformación de la movilidad durante los últimos años y plantean un modelo en el que las personas y la movilidad sostenible adquieren un mayor protagonismo.
La discapacidad, presente en el nuevo concepto de usuario vulnerable
Una de las principales novedades de la reforma es la incorporación al marco normativo de una definición legal de «usuario vulnerable de la vía».
Esta consideración incluye a peatones, ciclistas, motoristas y usuarios de vehículos de movilidad personal (VMP), pero también tiene en cuenta circunstancias personales como la edad o la discapacidad, que pueden incrementar la exposición al riesgo durante los desplazamientos.
Este reconocimiento resulta especialmente relevante para las personas con discapacidad, ya que la seguridad vial no depende únicamente del medio de transporte utilizado. Las características de cada persona y las condiciones del entorno pueden determinar las dificultades y riesgos a los que se enfrenta durante sus desplazamientos.
Una movilidad que debe tener en cuenta diferentes necesidades
Para las personas con discapacidad física y, especialmente, para aquellas con movilidad reducida, desplazarse por entornos urbanos y carreteras puede implicar afrontar determinadas barreras y situaciones de riesgo.
Por ello, avanzar hacia una movilidad más segura requiere tener en cuenta la diversidad de capacidades y necesidades de las personas usuarias de la vía, así como favorecer entornos donde puedan desplazarse con autonomía y seguridad.
La nueva regulación introduce además diferentes medidas que afectan a peatones, ciclistas, motoristas y usuarios de VMP, colectivos que comparten el espacio público y cuya convivencia debe garantizarse desde la protección de las personas más expuestas.
Principales novedades de la reforma
Entre las medidas incorporadas por el nuevo Reglamento General de Circulación destacan:
- Vehículos de Movilidad Personal (VMP): se establece en 15 años la edad mínima para conducirlos y se introduce la obligación de utilizar casco homologado y chaleco reflectante.
- Protección de las personas ciclistas: se refuerzan las condiciones de seguridad durante los adelantamientos y la circulación urbana. También se regula el transporte de pasajeros, menores y mercancías y se permite señalizar el doble sentido ciclista en calles con límite de 30 km/h.
- Motoristas: se establece el uso obligatorio de guantes en vías interurbanas y de calzado cerrado en todo tipo de trayectos. Asimismo, se habilita el uso del arcén derecho en determinados tramos señalizados cuando existan retenciones.
- Peatones y entornos urbanos: se incorpora un Título VI dedicado a la circulación en zonas urbanas, se reconoce jurídicamente la figura de los caminos escolares seguros y se elimina, como norma general, la convivencia del semáforo en ámbar intermitente para los vehículos cuando el peatón disponga de luz verde.
- Cinturón de seguridad: desaparecen las exenciones al uso obligatorio del cinturón, reforzando esta medida de seguridad pasiva.

Seguridad vial y autonomía para las personas con discapacidad
La movilidad constituye un elemento fundamental para la autonomía personal, la participación social y el acceso a servicios, empleo, educación, ocio y relaciones personales.
En el caso de las personas con discapacidad, contar con desplazamientos seguros y con entornos accesibles resulta especialmente importante para poder desarrollar una vida independiente y participar en igualdad de condiciones.
Por este motivo, la consideración de la discapacidad dentro del concepto de usuario vulnerable supone un reconocimiento de que no todas las personas se enfrentan a los mismos riesgos ni tienen las mismas necesidades al desplazarse.
La aplicación de estas medidas debe contribuir a avanzar hacia una movilidad en la que la seguridad vaya acompañada de accesibilidad, autonomía e igualdad de oportunidades, teniendo en cuenta a las personas con discapacidad en el diseño y desarrollo de los espacios y servicios de movilidad.
Desde ASPAYM Murcia consideramos fundamental seguir avanzando hacia un modelo de movilidad que permita a las personas con lesión medular y otras discapacidades físicas desplazarse de forma segura, accesible y autónoma, porque la movilidad es también una condición necesaria para ejercer plenamente otros derechos y participar en la sociedad.
En definitiva, la reforma plantea un nuevo marco en el que la protección de las personas y la convivencia entre los diferentes usuarios de la vía adquieren un papel central, incorporando la discapacidad entre los factores que deben ser tenidos en cuenta para mejorar la seguridad vial.


